Año CXXXIV
 Nº 49.173
Rosario,
martes  10 de
julio de 2001
Min 6º
Máx 11º
 
La Ciudad
La Región
Política
Economía
Opinión
El País
Sociedad
El Mundo
Policiales
Escenario
Ovación
Suplementos
Servicios
Archivo
La Empresa
Portada


Desarrollado por Soluciones Punto Com






Polémica por la absolución de la Cámara a dos jóvenes que no apelaron su condena
El fallo fue más indulgente que la propia defensa. Un Fiscal de Cámaras elevó el caso a la Corte Suprema

Carlos Duclós

En un fallo inusual, la justicia penal de Rosario absolvió a dos jóvenes que habían sido condenados en primera instancia por hacerse pasar por policías y no habían apelado los cargos. Los jóvenes intentaron hacer subir al auto en el que se desplazaban a una menor de edad bajo la excusa de llevarla a la comisaría. El caso generó polémica en los tribunales rosarinos por cuanto la absolución se resolvió no obstante que uno de los imputados consintió el fallo condenatorio de primera instancia y que el defensor del otro, el defensor general de Cámaras Carlos Giandoménico, por pedido de su defendido sólo se limitó a cuestionar en la apelación el monto de la pena, es decir el tiempo de detención, pero no la condena. El fiscal de Cámaras Guillermo Camporini presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de Santa Fe diciendo que el acto "resulta arbitrario, inconstitucional y desigualitario para las reglas que deben regir todo proceso válido".
El hecho se remonta al mes de agosto de 1997, en la localidad de Funes, cuando dos jóvenes, identificados como Sergio Ricardo Schiavone y José Alberto Lux se desplazaban en un Torino y, al advertir la presencia de varios adolescentes que iban caminando, entre ellos una chica de 14 años, hicieron sonar una sirena parecida a la utilizada por los móviles policiales. Según los relatos de los testigos Schiavone era quien conducía el vehículo y el que hizo sonar la sirena. En tanto, Lux se bajó y haciéndose pasar por policía tomó a la menor del hombro y pretendió hacerla subir al rodado diciéndole que la llevarían a la comisaría.
Sin embargo, Schiavone bajó del auto e hizo deponer del intento a su compañero al tiempo que le decía, según los testigos "dejate de joder".
Cuando la menor llegó a su casa y narró lo acontecido a su padre, el hombre denunció a los jóvenes por el ejercicio de funciones públicas sin nombramiento de autoridad. El caso pasó a un juzgado de Instrucción, pero luego fue tomado por el juez Correccional Daniel Acosta. Sobre la base de los testimonios, el magistrado condenó a dos meses de prisión en forma efectiva para Lux, por cuanto tenía ya un antecedente penal, y en forma condicional para Schiavone. Este último aceptó la pena impuesta, pero el defensor de Lux apeló el monto de la condena.

Fundamentos polémicos
El caso pasó a la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces José María Ravena, Ernesto Martín Navarro y Otto Hugo Crippa García. El primer voto le correspondió a Ravena, quien dijo que correspondía absolver a Lux por falta de pruebas suficientes. Previamente, el juez manifestó que el tribunal de alzada tenía la suficiente facultad como para expedirse más allá aún del planteo formulado por la defensa en cuanto al aspecto de la pena.
Ravena señaló en ese sentido que es viable y legítimo que una decisión "se expida también sobre el fondo del caso cuando esa condena viene recurrida por el propio condenado y ello con apego y respeto de los principios de legalidad y defensa".
En cuanto a la condición de policías que se atribuyeron los jóvenes y el presunto delito que ello implica, el camarista dijo que "para que se dé forma comisiva de la conducta ilícita se requiere que el autor no sólo se límite a una atribución o manifestación de una autoridad que no tiene, es decir ilegítima, sino que debe efectivamente realizar actos concretos que impliquen el ejercicio y el desempeño de la función pública en cuestión", señaló.
Por falta de pruebas suficientes, Ravena votó por la revocatoria de la sentencia condenatoria contra Lux. A su turno, el camarista Ernesto Martín Navarro coincidió en los fundamentos con Ravena con lo que Lux fue absuelto de culpa y cargo y en consecuencia también Schiavone, quien había aceptado el fallo de primera instancia. Otto Crippa García, el otro camarista, se abstuvo de emitir opinión.
El caso aún no está cerrado por cuanto el fiscal de Cámaras Guillermo Camporini interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe. El funcionario dijo en su planteo que la Cámara realizó un análisis "de los elementos de cargo existentes y que fueran valorados por el juez en sentido distinto y no cuestionados por la defensa". Camporini se quejó señalando que se privó a la Fiscalía que representa "de la posibilidad legal, justa y necesaria de poder ser oída en relación a la valoración que realiza la sala en orden a los que resultan ser los fundamentos que llevan a la misma a disponer la absolución".



Camporini planteó el caso ante la Corte.
Ampliar Foto
Diario La Capital todos los derechos reservados