Año CXXXIV
 Nº 49.160
Rosario,
miércoles  27 de
junio de 2001
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Reutemann firmó ayer el nuevo decreto
Ponen límites al uso de radares para el control de velocidad en la provincia
Cada medidor se anunciará 600 metros antes. El 10 por ciento de lo recaudado se destinará a educación vial

Lucas Ameriso

El gobernador Carlos Reutemann firmó el decreto que autoriza y al mismo tiempo pone límites a la instalación y uso de radares, tanto fijos como móviles, en las localidades santafesinas. A partir de ahora, estos aparatos no podrán ubicarse en las curvas de las rutas, deberán estar señalizados con balizas y anunciarse con 600 metros de anticipación, la velocidad máxima en la zona urbanizada de las rutas deberá ser de 60 kilómetros por hora (y no de 40, como en algunas localidades) y el 10 por ciento de lo recaudado por multas deberá destinarse a campañas de educación vial. "Esto pone fin a los radares escondidos o mal señalizados", afirmó ayer el subsecretario de Transporte provincial, Carlos Muia.
En rigor, el flamante decreto busca ordenar el funcionamiento de los radares en la provincia, a través de una serie de exigencias que aquí se detallan:
- El sistema de registro automático fotográfico deberá constatar las contravenciones registradas en formato papel y los instrumentos que captaron la infracción deberán guardar en archivo digital toda la secuencia fotográfica del vehículo.
- En la foto de la infracción deberá estar identificado el dominio del rodado, lugar, día y hora de la infracción; velocidad máxima permitida (que quedó establecida en el decreto en 60 kilómetros por hora), la velocidad registrada, el órgano de control, la identificación del equipo utilizado y la sanción prevista por la falta.
- Los instrumentos de comprobación de infracciones deberán ubicarse en zonas urbanas y nunca sobre las curvas. Además, deberán contar con balizas.
- La cartelería que anuncie la presencia de de un radar tendrá que ubicarse 600 metros antes del lugar indicado para la medición, que será previamente aprobado por la Dirección de Vialidad Provincial. En esta zona está prohibido otro tipo de cartelería vial o de publicidad, para no distraer la atención del conductor.
- Cada radar que opere en rutas provinciales o nacionales dentro del territorio santafesino deberá estar autorizado por la Secretaría de Comercio de la Nación y homologado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti). A su vez, se fijó como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Transporte provincial, que dispuso la apertura de un registro de proveedores de estos instrumentos de medición.
- El decreto extiende la autorización de los radares móviles, -aprobados por el Ministerio de Gobierno santafesino-, hasta que la autoridad nacional ordene el cese de la prórroga en su funcionamiento.
El gobernador firmó este decreto luego de un sinnúmero de quejas formuladas por los automovilistas, quienes denunciaron en reiteradas oportunidades que se usaban estos aparatos como meros instrumentos recaudatorios, y que algunas comunas hacían trampas para sorprender a los conductores.



Los conductores se quejaban de las trampas que les tendían algunos municipios.
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