Año CXXXIV
 Nº 49.146
Rosario,
miércoles  13 de
junio de 2001
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Consecuencia de un planteo naranja
Las candidaturas de Usandizaga y Storero, en la mira de la Justicia
Autoridades de la UCR deben informar si tras las internas de abril se cumplieron requisitos de la carta orgánica

El conjuez federal electoral Osvaldo Stratta emplazó hasta mañana a las autoridades de la Unión Cívica Radical santafesina para que le informen si de acuerdo al resultado de las elecciones internas que ese partido realizó el 22 de abril pasado, y cumplimentando lo que fija la carta orgánica del radicalismo, quienes aparecieron como vencedores de esa contienda pueden efectivamente cumplir la función para la que se ofertaron en esa instancia intestina.
El asunto es de relevancia ya que está en juego la posibilidad de que ni Horacio Usandizaga ni Hugo Storero puedan ser candidatos del radicalismo santafesino, el 14 de octubre, a senador nacional (por la reelección el ex intendente de Rosario) y a diputado nacional, respectivamente. También están observados los títulos de aquellos dirigentes que se presentaron para cargos partidarios.
La decisión, adoptada el lunes, respondió al recurso de apelación que presentaron el 11 de mayo los dirigentes del sector naranja de la UCR Juan Carlos Millet, Angel D'Ambrosio y Luis Cáceres, entre otros. Los mencionados, junto a Carlos Cartas e Isaac Tissembaun, en su carácter de apoderados, habían cuestionado lo resuelto por la junta electoral del partido, que procedió a proclamar candidatos a poco de concluidas las internas de abril.
Los políticos opositores al usandizaguismo solicitaron a la Justicia electoral que no registre a nombre de la UCR ninguna candidatura a cargos electivos para las elecciones de octubre ni ninguna autoridad partidaria de las que debe asumir el 10 de diciembre.
Además de lo relacionado con las autoridades radicales, Stratta pidió que los organismos del partido le informen "si alguna de las personas proclamadas" en función de las internas señaladas "para ser candidatos partidarios para ocupar algún cargo público electivo detentaba ese cargo al momento de la elección". La referencia es para Horacio Usandizaga.
Además quiere saber "si alguna de las personas proclamadas" no reúne el requisito de antigüedad previsto en el artículo 37 de la carta orgánica radical. La referencia es para Hugo Storero.
Antes del 22 de abril, Millet y compañía habían alertado que el senador nacional Usandizaga debía obtener los dos tercios de los votos válidos para ser proclamado candidato a la reelección como senador nacional en los comicios de octubre. El líder de Convergencia no obtuvo el 66 por ciento en cuestión, pero vale señalar que ese punto pareció no inquietar demasiado a los amarillos de Convergencia.
Ahora y en concreto, el conjuez actuante busca información de la entraña radical para conocer "si la cantidad de votos emitidos a favor de cada una de las personas involucradas alcanzó los dos tercios de los votos válidos emitidos".
Hasta mañana Stratta aguarda los datos, porque "no corresponde a este tribunal expedirse" hasta tanto la convención provincial del radicalismo "se expida acerca de la eficacia o ineficacia, confirmación o revocación del acto de proclamación hecho por la junta electoral luego de las internas del 22 de abril".
El magistrado concluyó su resolución recordando que va a tener presente "para su oportunidad" la solicitud de la agrupación naranja en el sentido de que no se registre a nombre de la UCR ninguna candidatura a cargos electivos hasta tanto exista un pronunciamiento definitivo sobre el acto de proclamación.
H.M.


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