Año CXXXIV
 Nº 49.143
Rosario,
domingo  10 de
junio de 2001
Min 14º
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cartas
El tráfico de armas

La detención del ex presidente Menem bajo la acusación del delito de asociación ilícita ha convulsionado al país. Es muy difícil mantener la ecuanimidad. Las penurias que debemos soportar los argentinos nos arrastran a pedir las cabezas de los responsables, cualesquiera sean. Sin embargo hay una gran distancia entre la "sensación térmica" popular y la técnica penal. Debemos tener claro que hay diferencias sustanciales entre lo que es un delito y todo lo que pueda ser calificado como pecado, inmoralidad o ilicitud. Hay ilícitos civiles que no tienen carácter penal. Hubo tiempos en los que la falta de pago de las deudas o el adulterio estaban tipificados como delitos. Aunque ya no lo sean, siguen siendo consideradas conductas ilícitas. El tráfico de armas es algo que en el concepto popular se encuentra nebulosamente entre lo delictivo y lo inmoral. Sin embargo no existe ninguna norma que castigue el tráfico internacional de armas, que a los efectos legales se trata de un comercio cualquiera. Solamente sería un delito si se comprobara que hubo desvío de fondos o cobro de "coimas", con el consiguiente enriquecimiento ilícito.
Héctor W. Navarro


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