Año CXXXIV
 Nº 49.105
Rosario,
jueves  03 de
mayo de 2001
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cartas
Agresiones auditivas

Para ser agresor no es necesario esgrimir un arma o golpear. Toda forma de ataque a la comunidad es válida. En mi caso, junto con el de varios vecinos, se suman el menosprecio y la prepotencia. Desde hace un año vivimos padeciendo durante las 24 horas una variedad de ruidos infernales provenientes del depósito de una empresa de transporte de cargas generales lindera, situada en Garay 265. Este fragor inexplicablemente se intensifica por la noche con la llegada de numerosos camiones que dejan sus motores encendidos largo tiempo, a lo que se añade el estrépito de los autoelevadores que van y vienen, golpes de portones, gritos de órdenes y bocinazos. Todo esto con el agravante de que los vehículos que operan en el lugar ascienden a veredas propias y ajenas, que destruyen. Tampoco guardan reparo en circular en contramano, custodiados por guardianes con armas cortas y largas. Un escenario digno de la época del Proceso militar. Presentadas las denuncias a la Dirección General de Inspección, Tribunal de Faltas, Secretaría de Medio Ambiente, no sólo no se produjo ningún cambio, sino que el suscripto y otro vecino, bajo falsa imputación que evidencia una forma de amedrentar, fuimos citados y demorados en la seccional 16ª de policía. No existen atenuantes en esta cuestión. Hay una flagrante violación de la ordenanza 45.542 sobre ruidos molestos, agresión al medio ambiente y prohibición de estas actividades en horario nocturno. No se puede alegar que se sustenta una fuente de empleo, porque esa tarea se puede desarrollar en una zona alejada de la residencial, no afectando a los vecinos.
Jorge A. Ventura


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