| | Bancos, nuevas herramientas del control fiscal
| Enrique Lingua (*)
Entre las medidas aprobadas por la Cámara de Diputados comprendidas en la denominada ley de competitividad se incluyen dos cuestiones de gran relevancia para el quehacer económico: la creación del impuesto a las transacciones financieras, que será hasta un máximo del seis por mil (0,6 %) para aplicar sobre los débitos y créditos en cuenta corriente bancaria, así como la obligación de que todos los pagos por montos superiores a mil pesos sean efectuados mediante cheques. La ley o su reglamentación deberán aclarar debidamente el significado de débitos y créditos por cuanto constituirán la base imponible del nuevo tributo, y que en principio se estaría frente a una doble imposición, ya que debemos partir de la base de que todo crédito, es decir depósito, en algún momento se convierte en débito a través de la emisión de cheques. Gravar ambos movimientos significaría aplicar el impuesto dos veces, o lo que sería lo mismo, gravar directamente con la tasa del 12 por mil los depósitos. La ley faculta al Poder Ejecutivo para disponer que el impuesto, en forma parcial o total, pueda considerarse como pago a cuenta del IVA y a las ganancias del titular de la cuenta, y del monotributo. Es decir que tendría un efecto económico nulo sobre las empresas, pero si repercutirá negativamente sobre los usuarios particulares, que están fuera de la órbita de dichos impuestos. El otro tema en cuestión es el que obliga a que los pagos por montos superiores a mil pesos sean efectuados con cheques. Esta disposición apunta a varios objetivos. Por un lado ampliar el alcance de la ley antievasión (Nº 25.345), reduciendo la base de control de las operaciones de diez mil a mil pesos, con la finalidad de individualizar a mayor cantidad de libradores y beneficiarios de operaciones comerciales. Con esto se lograría además conseguir una mayor base imponible para la aplicación del nuevo impuesto. Por otro lado y por encima de todo ello, lo que se busca es acentuar el control fiscal a través de la bancarización, pretendiendo que toda la operatoria de la economía sea transaccionada a través del sector financiero. Esta nueva herramienta coloca a dicho sector como aliado, tanto en tareas de recaudación como en la lucha contra la evasión, ya que los bancos, además de ser agentes de información y actuar recepcionando declaraciones juradas, se convertirán virtualmente en oficinas de fiscalización y recaudación fiscal. La nueva ley pareciera contener intrínsecamente los mecanismos tendientes a la implementación de una cuenta corriente fiscal, que será en definitiva la cuenta especial con la cual los contribuyentes estarían obligados a utilizarla para todos los movimientos que involucren al pago de sus impuestos, permitiéndole al Estado disponer de la información necesaria para facilitar la recaudación y controlar la evasión. Frente a este panorama no debería extrañar que el sector financiero, a través de la bancarización, sea el encargado de monitorear toda la operatoria comercial y apoyar al Estado en todo lo que signifique vigilar la conducta fiscal de los contribuyentes. (*) Especialista en impuestos
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