Año CXXXIV
 Nº 49.055
Rosario,
martes  13 de
marzo de 2001
Min 22º
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cartas
Radares con aviso

Es frecuente escuchar hablar de los radares que controlan la velocidad de los vehículos. ¿Cómo puede ser que se cuestione su aplicación porque no hay carteles que avisen, o que no son legibles, o que están mal ubicados? ¿De qué estamos hablando? ¿De sancionar al infractor o de protegerlo avisándole, como un cómplice, dónde y en qué momento debe cuidarse de los inspectores? Si por ejemplo el máximo autorizado es de 80 km, el que lo supere será sancionado. El radar está para detectarlo. Cualquier cartel que prevenga al conductor que en este paraje lo están controlando es como avisarle a un asaltante que no entre al banco en este momento porque casualmente hay tres policías dentro; que lo intente más tarde. Como quien le dice al conductor del auto. No justifico esos carteles. Creo que indicada la norma el infractor podrá ser detectado y sancionado. Un tema aparte es aquel que cuestiona la validez de los controles por dudar de la eficacia de los radares utilizados.
Fernando Aloras


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