Siete inspectores de tránsito de la Municipalidad fueron condenados a prisión condicional e inhabilitación por dos años para ocupar sus cargos, por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y daño intencional, y por fraguar infracciones de tránsito en perjuicio de un automovilista. El fallo corresponde a la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, tribunal que ratificó la sentencia que había dictado el juez de primera instancia Antonio Ramos e impuso además, a los funcionarios condenados, el pago de una indemnización por el daño material y moral causado al automovilista.
El hecho ocurrió en septiembre del 95, cuando el abogado Rogelio Bianchi circulaba con su auto por avenida Belgrano y fue interceptado por siete inspectores. Algunos estaban a pie y otros en motos, y alegaron que el abogado se desplazaba a alta velocidad y carecía de documentación del auto. Para fundamentar el exceso de velocidad los inspectores usaron un radar sin batería.
Ante la negativa de la víctima a aceptar la imputación, los inspectores rodearon el auto, cruzaron las motos para impedirle el desplazamiento y sin más comenzaron a dar patadas al rodado. Mientras se le impedía a Bianchi hacer uso de su derecho de circular, un inspector labró actas haciendo figurar las infracciones que el conductor no había cometido.
Más tarde el abogado radicó la denuncia policial y se inició una investigación, que concluyó con el procesamiento de los funcionarios. El 22 de diciembre pasado el juez de sentencia condenó a los inspectores y éstos apelaron la medida, pero la Cámara de Apelaciones acaba de ratificar la condena.
En sus considerandos el camarista Ernesto Pangia, quien integró el jurado con Eduardo Sorrentino y Alberto Barnardini, sostuvo que los inspectores abusaron del conductor. "Bianchi y su acompañante -dijo- fueron retenidos, imposibilitados de deambular y limitados en sus desplazamientos en un clima de hostilidad generado por los funcionarios". También indicó que "no se trata de cuestionar el procedimiento de control de velocidad y verificación de documental de los inspectores, pero sí la forma de efectuarlo, que en modo alguno permite tolerar ni justificar conductas en pugna con la ley, lesivas o abusivas".
"Poder abusivo"
Sorrentino, por su parte, cuestionó la conducta de los inspectores por ser "lesiva de la libertad individual" y consignó que los funcionarios, "haciendo uso abusivo del poder que detentan -rodear el automotor, cruzar motos adelante y por el costado, además de otras actividades comprobadas en autos-, impuso al particular un trato innecesariamente riguroso y mortificante".
De tal forma la Cámara condenó a los inspectores Mario Cupullo, Daniel Pascucci, Miguel Angel Manteyga Puig, Aníbal Mullenbruck y Ramón Ramos a la pena de un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación de dos años para el ejercicio del cargo que ocupan por el delito de privación de la libertad agravada. A Juan Raúl Salazar lo sancionó con un año y 15 días de prisión condicional por el mismo delito y el de daño intencional, y lo condenó a pagar una indemnización de 759 pesos por el daño causado al auto. A Claudio Michelini se lo condenó a un año y 6 meses de prisión condicional por privación de la libertad y falsedad ideológica de instrumento público, es decir, por fraguar infracciones de tránsito. A todos los funcionarios el tribunal los condenó a pagar una indemnización de dos mil pesos a la víctima.