Totoras. - El fallo de la jueza en lo civil, comercial y laboral del distrito judicial Nº6 de Cañada de Gómez, Adriana Cuaranta, por el cual se rechazó un recurso de protección de intereses difusos por la tala indiscriminada de una treintena de especies del arbolado público de esta ciudad, fue revocado por la sala primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario.
El argumento del fallo se sustenta en el daño ocasionado a unos treinta árboles y la poda severa de una cantidad no menor del arbolado público. Esta situación, constatada oportunamente por la Subsecretaría de Medio Ambiente y Ecología de la provincia, fue denunciada en setiembre de este año por vecinos de Totoras.
El informe de la repartición provincial indicó oportunamente que la acción municipal fue la de talar dieciséis ejemplares ubicado en calle Las Heras al 800, dos en la avenida San Martín y 9 de julio, ocho en avenida de Mayo al 800 y dos en calle Maipú al 800, además de la poda severa de cuatro eucaliptos en Garay al 100 y otras especies en Saavedra al 900, Colón al 1200 y en otras calles de la ciudad.
Funcionarios de esta cartera hicieron notar lo realizado a la Municipalidad de Totoras y le expresaron que va en sentido contrario de lo que establece la ley provincial 9004 que protege al arbolado público. En uno de sus artículos la reglamentación dice que el organismo de aplicación autorizará la poda solo en casos excepcionales como decrepitud, o deficiente conformación.
El caso, que tuvo una gran resonancia en esta ciudad, fue llevado a la Justicia por el edil Omar Massei (PJ), quien hizo una presentación de protección legal de intereses difusos, prevista en la ley 10.000. En forma conjunta presentó una medida cautelar contra la Municipalidad de Totoras basada en la firma de un convenio de protección del arbolado público firmado por el municipio y la provincia.
La jueza Adriana Cuaranta resolvió, con posterioridad, rechazar el recurso de protección aduciendo que previamente debieron haberse agotado otras vías de impugnación acordada en leyes o reglamentos, para determinar si se trató de una decisión acto u omisión de una autoridad administrativa y si la conducta viola una disposición.
Fallo revocado
Lo cierto es que ahora la Cámara de Apelaciones de Rosario revocó este fallo manifestando que con la documentación presentada por los denunciantes -un informe de la Subsecretaría de Medio Ambiente- se desprende que los funcionarios de la repartición habrían formulado reclamos al intendente municipal, Nelso Marcolini, atento a la existencia de numerosos casos de tala.
Para la cámara el daño actual y concreto de los árboles no permite pensar que con el uso o agotamiento de ciertas vías de impugnación especiales, no especificadas en el pronunciamiento, se puede obtener una rápida reparación de la lesión.
El arbolado debe ser cuidado por toda la población porque es una cosa pública y no privada como cree el intendente de Totoras. No se pueden cambiar las leyes, el intendente debe respetarlas como el resto de los habitantes, dijo a La Capital el edil Massei.