Año CXXXIV
 Nº 48.980
Rosario,
miércoles  27 de
diciembre de 2000
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El reutemismo propone modificar el financiamiento de la política provincial
El PJ presentó un audaz proyecto de reforma política en Santa Fe
La iniciativa que ingresó en el Senado limita el tiempo de las campañas e introduce el sistema de tachas

Atilio Pravisani

Una audaz reforma que hunde el cuchillo sobre los fondos y recursos económicos de los partidos políticos y las campañas electorales, pero que avanza también sobre las normas en vigencia que permiten las decadentes listas sábana y dan piedra libre a la corrupción en la actividad pública, ingresó días atrás con un estratégico bajo perfil en el Senado provincial.
La iniciativa fue presentada por el senador del PJ Julio Gutiérrez, pero en su confección también aparece la mano del subsecretario de Justicia, Carlos Carranza, lo que hace pensar en la posibilidad de que el Ejecutivo, luego del receso parlamentario, se decida a incorporarlo a extraordinarias y anticiparse al período ordinario que se iniciará en mayo próximo.
En rigor, hay quienes sostienen que esta iniciativa debería haber sido presentada por el gobierno santafesino a través del ministerio político, sobre todo porque está emparentada con el pensamiento del gobernador Carlos Reutemann, y que no es casual que el tema haya sido tomado en sus manos por Gutiérrez.
El proyecto, emparentado con la reforma que se apresta a tratar el Congreso nacional, presenta datos clave que tienen que ver con las campañas electorales, donde se fijan fuertes límites a la publicidad y su utilización, y se prohíbe el sistema de boca de urna hasta no menos de tres horas después del cierre de los comicios y los spots televisivos 30 días antes de la elección. También se establece la prohibición de publicar y difundir encuestas, sondeos y proyecciones desde 48 horas antes de los comicios.
Sin embargo, la disposición más importante tiene que ver con los recursos de los partidos políticos, sobre los cuales se establece una suma máxima en materia de gastos por distrito y categoría electoral, se regula todo lo que tiene que ver con sus recursos económicos y, en particular, el de los aportes privados. Sobre este delicado tema, se fijan porcentajes para los aportes de personas jurídicas, grupos económicos y personas físicas que no pueden superar el 2,5 % del total de gastos permitidos.
Consultado por La Capital, Gutiérrez dijo que la filosofía del proyecto es la de una profunda reforma estructural tendiente a transparentar la actividad política y su funcionamiento en la provincia, y dar de esta manera una clara señal a la sociedad para que no la identifique como el medio más fácil y rápido para enriquecerse.
Según el senador, este criterio es el que da origen a un Fondo Partidario Permanente -por el cual el Estado contribuirá al sostenimiento de los partidos políticos-, que será incluido en la ley de presupuesto y distribuido por intermedio del Ministerio de Gobierno.
El otro elemento distintivo del primer tramo de los 27 artículos que integran la iniciativa es el que pone freno a la tendencia de utilizar la publicidad oficial de los actos de gobierno para favorecer a alguno de los partidos o candidatos, castigando el hecho a través del artículo 248 del Código Penal.
Al mismo tiempo, se otorga de manera obligatoria una licencia por 30 días, con goce de haberes, a los funcionarios y agentes de la administración pública provincial, municipal o comunal que sean candidatos.
En el segundo tramo de la reforma se avanza en el intento de eliminar los efectos nocivos de las listas sábana, otorgándole al ciudadano la herramienta para que a través del lápiz tache a uno de los candidatos cuando la nómina esté integrada hasta 15 candidatos, y hasta dos cuando supera los 16. Además, podrá sustituir al o a los candidatos tachados por otros nombres de la misma lista o de otras nóminas oficializadas (ver recuadro).
Otra de las innovaciones que propone la iniciativa coloca un virtual cepo a miembros de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial que concluyen su función, al establecer la prohibición de asesorar a empresas o grupos económicos vinculados a decisiones que se hayan tomado durante el ejercicio de su mandato.
Además, se establecen las condiciones previas para asumir cargos públicos en los tres poderes del Estado, entre ellas su inscripción en la Dirección de Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), como también la declaración jurada sobre patrimonio y ganancia. Por otra parte, y al margen de lo dispuesto por el Código Penal, los miembros de los poderes Legislativo y Ejecutivo tendrán prohibido recibir dádivas, donaciones, regalos o presentes, cualquiera fuera su monto.
El último tramo del proyecto está dedicado a las empresas involucradas en casos de corrupción: tanto éstas como sus gerentes, socios o directores no estarán autorizadas a participar de procesos licitatorios ni podrán ser (de cualquier modo) contratistas del Estado provincial y sus entes autárquicos. Tampoco podrán hacer lo propio en municipios y comunas.


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