Año CXXXIV
 Nº 48.970
Rosario,
sábado  16 de
diciembre de 2000
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Uno de los ascensores del Pami I se cayó con dos personas adentro

Uno de los ascensores del policlínico Pami I se cayó anteayer por la tarde con dos personas en su interior. Cuando el elevador descendía desde el cuarto piso no se detuvo en la planta baja y sólo fue frenado por los resortes de seguridad. Afortunadamente, las personas que se trasladaban en el elevador sólo sufrieron heridas leves, y para el jefe del área de mantenimiento del Pami, Alberto Fernández, se trató de un accidente menor. Fue más susto que otra cosa, afirmó. La empresa a la que el Pami había encargado el mantenimiento del elevador, la firma porteña Servas, fue suspendida hace tres meses por la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad. Y no sólo eso: se trata de la misma empresa que ya tuvo inconvenientes en dos oportunidades con los ascensores de la torre de Urquiza 1949.
El accidente es responsabilidad de Servas, dijo de forma contundente Fernández. Por su parte, el subsecretario de Servicios Públicos, José León Garibay, indicó que como se constató que la firma no cumplía con el decreto y la ordenanza reglamentaria, se la suspendió por un año. Sin embargo, para el funcionario municipal la responsabilidad del buen funcionamiento del ascensor es el propietario del inmueble, en este caso del Pami.
La empresa realizaba el mantenimiento, pero no lo hacía de la mejor manera, admitió el jefe del área de mantenimiento del Pami, quien indicó también que la idea, ahora, es firmar un nuevo contrato con una empresa que esté habilitada.
Ni el mismo Garibay se olvidó de recordar que la empresa Servas también tuvo problemas en las torres de la calle Urquiza y explicó que hace tres meses la firma fue suspendida por irregularidades, ya que no presentó ningún representante técnico que tuviera los antecedentes y el título necesarios que fuera garantía de los aspectos técnicos.
Sin embargo, el funcionario municipal indicó que la responsabilidad por el funcionamiento del ascensor y el cumplimiento de la norma es del propietario del inmueble, en este caso del Pami, porque se supone que debe contratar a una empresa habilitada por la secretaría.


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