| | Preparan un Código de Etica para la Justicia
| Marcelo Carné
¿Los jueces pueden reunirse a solas con los abogados de las partes? ¿Los magistrados deben hacer declaraciones públicas de bienes? ¿Pueden los integrantes de la Justicia integrar asociaciones civiles y, en caso afirmativo, cuáles? ¿Puede un juez recibir regalos de personas involucradas en causas que se tramitan en su tribunal? Estos son sólo algunos interrogantes cuyas respuestas condensará la norma que comenzará a elaborar la semana próxima una comisión de juristas designada por la Corte Suprema de Justicia con el fin de redactar, en 90 días, un proyecto de Código de Etica para la Justicia santafesina. Aplicable a la totalidad de los jueces que integran el Poder Judicial de Santa Fe, el futuro Código de Etica Judicial definirá un campo de exigencias específicas vinculadas al buen juez, expresa la resolución dictada el 14 de noviembre por la Corte. Integrada por Rodolfo Vigo (ministro de la Corte), Adolfo Rouillón, Norberto Iturralde, María Méndez Costa, Angel Chávarri, Raúl Fosero y Sonia Bellotti de Podestá, la comisión redactora quedará formalmente constituida durante un acto previsto para el miércoles 20 en los tribunales de Santa Fe. Según se explica en la acordada, el compendio de normas éticas completará el cuadro de responsabilidades que pesan sobre los que ejercen el Poder Judicial, indicándose de la manera más clara posible aquellas conductas que resultan prohibidas, obligadas o recomendadas desde la perspectiva propia de la ética profesional judicial. Los ministros de la Corte consideraron en su resolución que la realidad de nuestro tiempo marca una urgencia por la ética, demostrándose así que el estricto derecho no resulta suficiente para lograr configurar el buen vivir que enseñaba Aristóteles. Con antecedentes en el artículo 36 de la Constitución nacional, la ley 25.188 de Etica de la Función Pública y los códigos judiciales de varias provincias argentinas, la sanción del digesto de ética santafesino aportará a responder inquietudes de sus destinatarios y seguramente terminará consagrando comportamientos éticos arraigados en los tribunales provinciales. Al mismo tiempo, contribuirá a clarificar criterios respaldando las conductas que se ajustan a los mismos, posibilitando que los magistrados invoquen la autoridad del Código en orden a avalar sus opciones, concluye la acordada del máximo tribunal.
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