Año CXXXIV
 Nº 48.952
Rosario,
martes  28 de
noviembre de 2000
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Violencia en Uruguay
El clásico terminó en la cárcel
Seis jugadores de Peñarol, el técnico y tres de Nacional quedaron detenidos

Una nueva ley, aprobada por la anterior Legislatura destinada a poner fin a la violencia en los espectáculos deportivos, abrió ayer las puertas de la cárcel para nueve jugadores profesionales de Nacional y Peñarol y el técnico de los aurinegros.
Quienes quedaron encarcelados en la cárcel central de Montevideo son los futbolistas de Peñarol Federico Elduayen, Darío Rodríguez, José Enrique De los Santos, Marcelo De Souza, Martín García y Fabián Césaro, además de Ribas. Mientras que los de Nacional son Marco Vanzini, Mario Regueiro, autor del gol de su equipo, y Richard Morales.
La determinación fue tomada en el Juzgado Letrado Penal, a cargo de Pablo Eguren, y los futbolistas fueron alojados en un pequeño centro de reclusión ubicado en el centro de Montevideo para detenidos transitorios, que deben concurrir a los juzgados capitalinos en los procesos de sus respectivas causas.
En cambio hubo otros dos imputados, el brasileño Cafú (Luciano Barboza), que juega en los aurinegros, y el zaguero central de la selección uruguaya y Nacional Alejandro Lembo, aunque si bien fueron procesados, el juez entendió que habían tenido una participación menor en los incidentes, por lo que fueron encausados sin prisión.
Los encarcelados bajo la imputación del delito de riña, agravado al producirse en un espectáculo público, protagonizaron una pelea generalizada el domingo en el campo de juego del histórico estadio Centenario, al finalizar empatado 1 a 1 el clásico del fútbol charrúa.
La nueva ley uruguaya castiga a los protagonistas de hechos de los cuales puedan desembocar actos de violencia social.
La muerte de un hincha menor de edad de Nacional, al término de un clásico jugado seis años atrás y de otro del mismo equipo, atacado después de un encuentro por barrabravas del equipo de Cerro, en 1996, desembocaron en la aprobación de la norma que modernizó algunos aspectos del Código Penal y que se denominó ley de seguridad ciudadana.
El juez Eguren, que asistía al espectáculo y fue testigo directo, fundamentó su fallo en esa ley.
La disposición legal afirma que con motivo o en ocasión de una competencia deportiva u otro espectáculo público, que tuviera por objeto recreación o esparcimiento, durante su desarrollo, al ingresar o retirarse del mismo, participare en una riña o instase a ella, la dirigiere o propiciare, será castigado con una pena de 3 a 24 meses de prisión.
La norma agrega que con la misma pena será castigado aquel que en las circunstancias del inciso anterior portare armas o las introdujere en el recinto en que se desarrollase la competencia o el espectáculo público.
La ley obliga a aumentar las penas que correspondan en un tercio si de la riña resultare la muerte o lesión de personas.
De acuerdo con la aplicación de la ley, los jugadores procesados permanecerán varios días o semanas en prisión, porque el delito imputado es excarcelable y el proceso puede acelerarse para suspender condicionalmente la pena y liberarlos anticipadamente.
Se argumentó por los abogados de las partes que la condición de infractor primario, o sin antecedentes, actúa como atenuante para una pronta liberación de los detenidos.


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