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 sábado, 28 de mayo de 2005  
Hoy se conmemora el Día de los Jardines de Infantes
El derecho de niños y niñas a un buen comienzo en la vida escolar
Qué debe contemplar una educación básica que respete los intereses y las necesidades de los más pequeños

Rosa María Torres

La Convención de los Derechos del Niño (1989) ratificó la educación como un derecho de niños y niñas. La Declaración Mundial de Educación para Todos (1990 -2000) y la Declaración de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia (1990) reconocieron la educación básica, entendida de manera amplia, como el cimiento de todo aprendizaje y de toda educación posterior de las personas. ¿Qué implica el derecho de niños y niñas a una educación básica?

1. El derecho a ser niños, a jugar y disfrutar del juego, a ser protegidos de los abusos de trabajo infantil, a tener tiempo para ir y permanecer en la escuela, cumplir con las obligaciones escolares y aprender. El derecho a un hogar y a una familia, a la escuela cercana, al profesor que disfruta enseñando y gusta de los niños, a la educación que prepara no únicamente para la vida adulta sino, sobre todo, para una infancia feliz.

2. El derecho a aprender, tanto dentro como fuera de la escuela. El derecho a la curiosidad, a la pregunta y a la respuesta, a la duda, a pensar y argumentar, a equivocarse, a ser consultado y a participar, a expresarse espontáneamente y con libertad, a ser escuchado y respetado en sus opiniones, a discrepar, a imaginar y a crear, a aprender a aprender. El derecho a la autoestima, a altas expectativas por parte de padres y profesores, a sentirse confiado y a la vez desafiado en sus capacidades, y reconocido en cada pequeña conquista.

3. El derecho a un aprendizaje permanente, desde el nacimiento, en un continuo que no reconoce más límites que el propio interés y capacidad de los niños para aprender. Puesto que en los primeros años de vida se realizan los aprendizajes fundantes, los esenciales y más duraderos, y puesto que es en estos años que tiene lugar el desarrollo cognitivo más importante y espectacular de todo ser humano, el más básico derecho a toda educación básica que tiene todo niño y niña es el derecho a un buen comienzo en la vida. El derecho a una primera infancia capaz de echar buenas raíces para su futuro crecimiento y desarrollo.

4. El derecho a un aprendizaje abierto, en el hogar, en el aparato escolar, en la vida diaria, en el juego, en la interacción con amigos, a través de los medios de comunicación, en la propia exploración del mundo. El derecho a gozar de la biblioteca, la cancha deportiva, el museo, el parque, el zoológico, el circo; a acceder al libro, el periódico, el cómic, el cuento, la enciclopedia, el diccionario, el video, la película, la obra de arte; a aprender no sólo de los libros sino del contacto con las personas, con la realidad y con la naturaleza. El derecho a aprender no sólo de los adultos sino de otros niños. El derecho a aprender de otros pero también de sí mismo, del error y de la experiencia, en la reflexión y la discusión.

5. El derecho a ir a la escuela y a permanecer en ella el tiempo requerido para desarrollar los conocimientos, habilidades y actitudes indispensables para sobrevivir, conocer su propio cuerpo y proteger su salud, saber acerca de la cultura y sus raíces, expresarse y comunicarse oralmente y por escrito, calcular y resolver problemas básicos de la vida diaria, comprenderse mejor a sí mismo y al mundo que le rodea, proteger el mejor ambiente, internalizar los valores de la justicia y la solidaridad, conocer sus derechos y deberes, poner los cimientos de su autoestima y autoconfianza, y continuar aprendiendo.

6. El derecho a una educación hecha a medida de los niños, en la que todo -relaciones, contenidos y métodos, criterios de evaluación, instalaciones y espacios, calendarios y horarios, reglamentos y normas- está pensado desde la perspectiva de los niños, no de los adultos. Una educación respetuosa del saber, la opinión y los sueños infantiles. Una educación fundamentada en la alegría, el juego y el canto, la sorpresa y la aventura, el movimiento y la risa, no como complementarios sino como materia prima de la enseñanza y el aprendizaje.

7. El derecho a una educación relevante y de calidad, alerta frente al aprendizaje, consciente de que importa no sólo cuánto sino qué y cómo se aprende. El derecho a una educación libre de prejuicios y estereotipos, que combate el racismo y el sexismo, respeta las diferencias, y reconoce el valor de la propia lengua y la propia cultura; una educación que destaca lo que los niños saben y son capaces de hacer, antes de lo que no saben y son incapaces de hacer; una educación en la que prima la cooperación sobre la competencia, el razonamiento sobre la memoria, el diálogo sobre el monólogo, el hacer sobre el decir, una educación que busca lo que constituye el sueño de todo buen padre y madre y de todo buen profesor: hijos y alumnos mejores que ellos.

8. El derecho a condiciones básicas de aprendizaje, esenciales para aprovechar la escuela y demás oportunidades de aprender y desarrollar plenamente sus capacidades. El derecho a una educación básica asiste a cada niño y niña en su derecho a exigir de cada sociedad concreta no sólo la escuela gratuita, el maestro competente, el currículo relevante y los materiales necesarios, sino las condiciones económicas, sociales ya afectivas indispensables: nutrición, atención de salud, una vivienda digna, y, sobre todo, amor, apoyo emocional, respeto, y un ambiente general de estabilidad, seguridad y paz.

9. El derecho a la educación básica de sus padres, porque de ella depende, en gran medida, la supervivencia, el bienestar, la educación y las perspectivas de los hijos. El derecho a padres informados, concientes de la importancia de la educación tanto de la niña como del niño, respetuosos del juego infantil, amigos del diálogo y la persuasión antes que del castigo. El derecho a padres que leen y escriben, aprecian el esfuerzo del aprendizaje, distinguen la mala de la buena enseñanza, toman parte en los asuntos escolares y exigen una educación de calidad. El derecho a padres que conocen sus derechos y obligaciones, y poseen la autoconfianza y los conocimientos esenciales para ayudar a sus hijos a crecer, aprender y desarrollarse plenamente.

10. El derecho a unos medios de comunicación responsables y sensibles a las necesidades de los niños, capaces de complementar y enriquecer su educación; poner al niño urbano en contacto con el campo y al niño rural en contacto con la ciudad; ampliar su visión del mundo y transportarles a otras realidades, otros países y otras épocas; introducirles a las posibilidades y los límites de la ciencia y la tecnología modernas; mostrarles la grandeza y a la vez la torpeza del género humano; desarrollar su aspecto por el arte, la ciencia y la cultura universales; y desarrollar su vocación por la paz, la no-violencia, la tolerancia, la solidaridad y la justicia.

La educación básica es un derecho universal. Asiste por igual a niñas y niños, ricos y pobres, a los que viven en la ciudad, en el campo y en áreas remotas, a los discapacitados, a los que trabajan, a los niños indígenas y a los que pertenecen a minorías étnicas, los que tienen hogar y a los que viven en la calle, a los refugiados y a los desplazados por la guerra.

(*) Pedagoga ecuatoriana.

Artículo publicado en Education News (Unicef)

y difundido en www.fronesis.org
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En el nivel inicial de la enseñanza se dan los primeros y fundamentales pasos en los aprendizajes escolares.

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