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 sábado, 26 de febrero de 2005  
Un futuro no remunerativo ni bonificable

Martín Lucero (*)

El conflicto docente ha disparado nuevamente una respuesta apresurada e irreflexiva del gobierno provincial. Un aumento general de 100 pesos "no remunerativos y no bonificables". Como viene sucediendo a lo largo de la actual gestión, no se actuó sobre el previsible marzo que se venía, sino sobre el problema a punto de estallar.

La oferta salarial del gobierno, inmediatamente cuestionada por todos los sindicatos, aparece como insuficiente, y el inicio de clases en la fecha prevista es casi una empresa condenada al fracaso. En una entrevista televisiva, la licenciada Carola Nin ensayó una defensa de la posición del gobierno y su cartera en particular respecto del conflicto. En dicha entrevista, ante una pregunta de su interlocutor la ministra sostuvo que ella no denominaría los aumentos como "en negro", sino que prefiere denominarlos como "no remunerativos y no bonificables". Ahora bien ¿es sólo una cuestión terminológica?

La remuneración es la retribución que recibe un trabajador por haber puesto a disposición de su empleador su fuerza de trabajo. Dicho en otras palabras es la contraprestación (pago) que el empleador debe al trabajador por las tareas realizadas, siendo por esto su principal obligación.

Por su parte los rubros bonificables son aquellos sobre los cuales se calculan otros rubros que incrementan la masa salarial en virtud de alguna condición específica del agente. En el caso de los docentes, un claro ejemplo es la antigüedad. Obviamente que ambas calidades, la de remunerativo y la de bonificable, pueden coincidir en algún rubro.

Generalmente los descuentos para jubilación, obra social y cuota sindical se hacen por sobre ambos tipos de rubros. El aguinaldo, por su parte también se calcula por sobre los ítems descriptos.

Como puede verse, el pago a través de sumas no remunerativas y no bonificables es la negación misma de la función esencial del salario (retribuir el trabajo) y más aún de la seguridad social. Si el pago que recibe un docente no es en función de la labor que realizó (ya que no es remunerativo), no se computa a ni para bonificaciones ni los descuentos de seguridad social, ¿en concepto de que lo recibe? ¿Es una mera gratificación del Estado provincial? ¿Es un regalo que se le otorga a los empleados de la provincia? Evidentemente, no. Los continuos aumentos por decretos son pagos que la provincia efectúa a los docentes en virtud de su trabajo. Pero no los somete al régimen de seguridad social (garantizado y protegido tanto por la Constitución nacional como la de la provincia de Santa Fe) a fin de evitar mayores erogaciones. En los hechos, no hay diferencias con un pago realizado en negro (que no efectúa aportes ni contribuciones de ningún tipo y se encuentra penado por la ley laboral). El hecho de que se incluya en el recibo no tiene mayor valor que la constancia de haberse pagado. Pero dicha constancia de nada sirve a la hora de jubilarse o pagar la obra social ya que esas sumas no cuentan a tales fines.

La finalidad perseguida con este tipo de aumentos es el incremento liso y llano del salario de bolsillo. Y esta situación que a priori parece favorable tiene dos aspectos notoriamente negativos. Por un lado siendo el salario docente el más bajo de los sueldos de la administración pública, un aumento -aunque no remunerativo- implica un alivio en su delicada situación. En tal caso el docente debe elegir entre su necesidad de dinero y su dignidad como trabajador. Por otro lado todo lo que se cobre de más en la actualidad en concepto no remunerativo y no bonificable, es lo que se cobrará de menos al momento de la jubilación. El remedio de hoy es la enfermedad de mañana.

El Estado es el primer responsable de controlar que se evite el trabajo en negro y la precarización laboral. Lo dicho se contradice con su actitud ante sus empleados. Es cierto que el pago de sumas en negro no es privativo de esta gestión de gobierno. Pero no es menos cierto que es su obligación contribuir a eliminarlas en lugar de acrecentarlas y hacer más evidente una contradicción vergonzosa. Esa contradicción en la cual es el Estado quien "negrea" a sus empleados. Esos empleados que son también ciudadanos y deberían ser el fin y objeto de toda la actividad protectora por parte de los gobiernos de turno. Cuestionar los aumentos en negro no es una reivindicación sectorial de los docentes o los empleados públicos. Es, más bien, una exigencia cívica en la cual el Estado como garante del cumplimiento de la ley debe ser el primero en cumplirla. Para una sociedad madura es inadmisible que el Estado se mueva fuera de la ley. Como se ve no se trata de una cuestión terminológica. Por más que se le cambie el nombre (como se pretende desde el gobierno) la situación es la misma y por ende es injustificable. Si el Estado no cumple con la ley deja de ser Estado de Derecho. Y esto no es preocupante sólo para los docentes. Es preocupante para todos los santafesinos.

(*)Abogado
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