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 miércoles, 23 de febrero de 2005  
Un fallo de la Corte beneficia a condenados a reclusión

La Corte Suprema de Justicia resolvió que los plazos de la prisión preventiva deben ser computados por igual para los condenados a prisión y a reclusión, lo cual beneficiaría a numerosos delincuentes que estarían habilitados a solicitar anticipadamente su libertad.

El artículo 24 del Código Penal establecía que por dos días de prisión preventiva se computaría uno de reclusión, pero a raíz del fallo de la Corte a favor de una condenada, los plazos de la prisión preventiva se computarán igual.

Según datos del Servicio Penitenciario Federal, hay 4.128 internos condenados con prisión, mientras que sólo 36 están condenados con la pena de reclusión. Además, 150 de los detenidos lo están con prisión perpetua y, en cambio, 36 con reclusión perpetua.

Esta nueva interpretación de la Corte beneficia a los condenados que han estado cumpliendo prisión preventiva por la pena de reclusión, aunque no son la mayoría.

La medida surge luego de la controversia desatada por un rumor que indicaba que el Gobierno tenía pensado enviar en marzo una nueva ley al Congreso para reformar artículos del Código Penal.

El Gobierno tendría en mente que se incorpore a las causales de prescripción los casos de rebeldía y las extradiciones pendientes, puntos que habían quedado fuera de la norma sancionada en diciembre último por el Parlamento.
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