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 miércoles, 20 de octubre de 2004

Un fallo ilegalizó la pesificación uno a uno de las hipotecas entre privados
Los magistrados ordenaron convertir la deuda a un valor promedio entre uno y la cotización del dólar

Una cámara de apelaciones del fuero civil de la Ciudad de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad de las normas que en enero de 2002 establecieron la pesificación de las deudas hipotecarias contraídas por fuera del sistema bancario a la paridad de un peso por billete estadounidense, se informó ayer en los tribunales. Los magistrados pidieron a acreedores y deudores un esfuerzo compartido para resolver la controversia que se generó con la salida de la convertibilidad.

Los jueces Ana María Luaces, Hugo Molteni y Jorge Escutti Pizzarro aplicaron el principio del "esfuerzo compartido" y ordenaron realizar la conversión de la deuda -originariamente contraída en dólares- a un valor promedio entre la paridad establecida en forma arbitraria (1 peso) y la cotización de la divisa en el mercado libre.

Actualmente la Corte Suprema de Justicia, que tendrá la última palabra sobre la pesificación de préstamos en dólares, prepara una sentencia en la que fijará postura sobre las leyes 25.561 y 25.820.

La ley 25.561 declaró el 6 de enero de 2002 la emergencia pública social, económica y cambiaria, derogó la convertibilidad y reestructuró las obligaciones con el sistema financiero, los contratos entre particulares y de la administración pública.

Los préstamos para vivienda única fueron pesificados entonces a un peso por dólar, con los consecuentes reclamos por parte de los acreedores.

Posteriormente la ley 25.820 -que ahora fue declarada inconstitucional por la Cámara Civil- modificó la 25.561 y aunque mantuvo la paridad de un peso por dólar, fijó por ese entonces la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) o el Coeficiente de Variación de Salarios (CVS) para actualizar los préstamos marginados del sistema financiero.

"La modificación del rumbo económico por las leyes de emergencia no autoriza a alterar estipulaciones privadas que se habían concertado con antelación y contenían expectativas patrimoniales para ambas partes, directamente relacionadas con la realidad contemporánea del mercado", escribieron los camaristas de la Sala A del fuero civil.

Para los jueces, el acreedor y el deudor deben afrontar solidariamente las consecuencias que acarreó la pesificación, por lo que deben compartir el esfuerzo de conversión de la deuda.

Según la Cámara, mantener la paridad 1 a 1 tras la salida de la convertibilidad y la debacle económica de 2002 "implicaría convalidar la licuación de la deuda", con una "clara confiscación de los derechos del acreedor, para beneficiar totalmente al deudor".

La decisión de la Cámara está enmarcada en un juicio por la pesificación de una hipoteca privada. La deuda, según fuentes judiciales, una consignación en los tribunales de las cuotas mensuales hasta tanto exista un pronunciamiento definitivo en el pleito.

Para la sala A, si en el caso se aplicara la ley 25.820 "el acreedor no sólo recibirá en pago una cosa distinta de la debida sino que acusará un impacto patrimonial considerable, pues vería reducido el capital prestado a más de la tercera parte".

La Cámara propuso reestructurar el contrato de mutuo "distribuyendo las consecuencias de las transformaciones económicas, a través del principio jurisprudencial del esfuerzo compartido".

La semana pasada la Corte giró al procurador general Esteban Righi el expediente de la demanda promovida por Luigi Pérsico contra María Zolezzi y Ciro Maffulli, que llegó al máximo tribunal mediante un recurso de queja.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil ordenó llevar adelante la ejecución de una hipoteca por 25 mil dólares pero la sentencia fue recurrida ante la Corte, que a través del caso fijará postura respecto de la pesificación de obligaciones entre privados.

De acuerdo con la información suministrada por fuentes de la Procuración, Righi se expediría esta semana sobre el caso y luego la Corte dictará la primera sentencia atinente a la pesificación de deudas hipotecarias.


Camino a la apelación
Sobre las implicancias del fallo judicial, el ex gerente general del Banco Central y actual jefe de economistas del Banex, Julio Piekarz, sostuvo que "esto tendrá otras instancias de apelación", y estimó que "seguramente lo deberá resolver la Corte Suprema, que habrá que ver si lo suma al tema de la pesificación en general".

Piekarz consideró que este conflicto "está inscripto en todas las medidas que se tomaron durante la crisis, y son cosas que quedaron sin resolver y van a tener repercusión en el sistema jurídico".

Por su parte, el director ejecutivo de la Asociación de la Banca Especializada, Norberto Giudice, dijo que el fallo de la Cámara "está buscando que haya acuerdo entre las partes", no obstante admitió que se trata de un tema "muy difícil porque hay muchos deudores fuera del sistema financiero (interempresarios, hipotecarios por escribanías)".

Giudice coincidió con Piekarz en que la cuestión de fondo "va a quedar en manos de la Corte" y opinó que el fallo de la Cámara "está en linea en mantener la seguridad jurídica, porque la pesificación fue una ruptura de la seguridad jurídica".

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La Corte Suprema de Justicia tendrá la última palabra sobre el caso.

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