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 jueves, 25 de septiembre de 2003

Deberá pasar previamente por distintas comisiones
Ingresa en Diputados un proyecto para despenalizar la prostitución

La polémica en torno a la liberalización de la prostitución ya llegó a la Cámara de Diputados de la provincia. Hoy tendrá estado parlamentario el proyecto de ley que establece la derogación de dos artículos del Código de Faltas que permiten la detención de las trabajadoras sexuales. En rigor, ingresará formalmente, aunque aún debe definirse por cuáles comisiones tendrá que pasar previamente.

La iniciativa fue presentada por el legislador socialista Eduardo Di Pollina, pero también lleva la firma de su compañero de bancada Alfredo Cecchi, los radicales Angel D'Ambrosio, Alicia Tate y Federico Pezz, y las justicialistas, Laura Venecia y Sandra Reschia. El proyecto propicia la derogación del artículo 83 y el 87 que establece hasta 30 días de arresto para las infractoras.

En este sentido, Di Pollina dijo que "en realidad la norma sólo sirve actualmente para contribuir a la caja negra policial" y precisó que "no cumple ninguna función positiva, no resuelve absolutamente nada y, en definitiva, es funcional a la extorsión permanente que vive esta gente". Por eso, estimó "correcto" plantear la derogación.

De este modo, los diputados se hicieron eco de la propuesta de derogación de los artículos 83 y 87 efectuada por la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (Ammar), entidad que señaló que la norma "se utiliza como fundamento aparente para perseguir a mujeres que son, en su gran mayoría, sostén de hogares pobres y que apenas consiguen alimentar a sus hijos con el magro fruto de la actividad relacionada con la prostitución".

Así, Di Pollina destacó que la "represión del ejercicio de la prostitución se torna excesiva a partir del artículo 87 que establece pena de arresto de hasta 30 días al que ofreciere públicamente mantener relaciones sexuales por dinero o promesa remuneratoria, provocare escándalo con tal motivo, o que en lugares públicos o locales de libre acceso hiciere manifiestamente proposiciones deshonestas u ofreciera relaciones sexuales a otras personas".

Según la fundamentación del proyecto, este artículo castiga la llamada "prostitución escandalosa", aunque no tipifica las conductas que podrían enmarcarse en esta categoría. "Esto hace que se termine castigando la prostitución lisa y llana, aun cuando las mujeres que ofrecen sus servicios lo hacen con discreción".

Para el diputado, se trata "de adecuar la legislación y evitar que su interpretación por parte de un sector de las fuerzas de seguridad provoque injustas detenciones por la aplicación de una normativa que tuvo en su origen una finalidad distinta a la que se aplica diariamente".

Por su parte, el artículo 83 castiga con multa y no con arresto a quien "ofenda al pudor", aunque esta definición carece de suficiente claridad. Esto permite favorecer un accionar represivo "basado en la interpretación del agente prevencional, aun cuando no medie denuncia del supuesto ofendido", expresó Di Pollina.

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