Año CXXXVI
 Nº 49.813
Rosario,
martes  15 de
abril de 2003
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Reflexiones
La educación de jóvenes y adultos en retroceso

Hugo Pérez (*)

Hace dos meses, observando con preocupación la falta de una política educativa respecto de los jóvenes y adultos en nuestra provincia, planteaba algunos interrogantes. Los mismos se hacían considerando a la Dirección Provincial de Educación para Adultos, Alfabetización y Educación No Formal, creada en 1993, la herramienta adecuada para dar respuesta, con calidad, a los sectores sociales de mayor vulnerabilidad.
Hoy ya no quedan dudas y son públicas las respuestas que no poseía en esa oportunidad.
Me preguntaba en ese momento, entre otras cuestiones: ¿por qué no se ha designado aún, después de casi seis meses de gestión, al director del área? La responsabilidad de la misma ha sido transferida a la Dirección Provincial de Educación Primaria, desarrollándose así una tarea de vaciamiento de la educación para jóvenes y adultos, y dejando sin respuesta a los sectores más desprotegidos de la provincia:
* Se ha detenido el proceso de transformación educativa de las escuelas primarias para adultos, establecido por decreto Nº 3385/01, no otorgándose las horas necesarias para incorporar las asignaturas faltantes en 7º año, manteniendo a la educación de jóvenes y adultos como una educación de segunda.
* No se ha iniciado el proceso de transformación educativa de las escuelas de enseñanza media para adultos, que ya debería tener definida su estructura pedagógica y las partidas para el incremento de horas necesarias.
* Se ha desjerarquizado el proceso de alfabetización, abandonándose la coordinación e institucionalización del funcionamiento de los Centros de Alfabetización con municipios, comunas y/u organizaciones gubernamentales sin fines de lucro.
* No se han realizado aún los ofrecimientos para cubrir cargos en la totalidad de las áreas de la Dirección Provincial de Educación para Adultos, Alfabetización y Educación No Formal que estaban en condiciones de ejecutarse antes del fin del año 2002 (concurso año 1999), manteniendo la inestabilidad de la gran mayoría del personal docente y no docente.
* No se reestructuraron las 1.470 horas cátedra y 62 cargos de maestros de enseñanza técnica no formal que permanecen en más de 49 escuelas del área de educación media y técnica, dejando librada la formación profesional y capacitación laboral al esfuerzo individual de docentes y capacitadores, sin coordinación entre los mismos.
* No se han utilizado, ni se utilizan a la fecha, las 3.142 horas cátedra y 45 cargos de maestros de enseñanza técnica del área no formal de jóvenes y adultos para la realización de cursos de capacitación laboral y/o formación profesional (que posibilitaron durante el año 2002 el desarrollo de 1.073 cursos de capacitación, más de 35.000 alumnos), dejando a localidades del interior y escuelas especiales excluidas nuevamente. En este sentido, 63 localidades del interior de nuestra provincia, además de las ciudades de Santa Fe y Rosario, han sido privadas de la herramienta imprescindible para capacitar a vastos sectores de la población y posibilitar su reinserción laboral. También, 22 escuelas especiales, en 12 localidades, han quedado sin posibilidad de dotar de elementos para su inserción social a jóvenes y adultos con capacidades diferentes.
* Se ha expuesto a la provincia, desde el Ministerio de Educación, a reclamos jurídicos innecesarios por el incumplimiento discriminatorio de normas preexistentes de mayor rango legal, no derogadas en tiempo y forma.
Preguntaba también, en ese momento: ¿se volverá a la vieja metodología, eliminada en el año 2002 mediante disposición Nº 195/02, de reemplazar las actividades del área no formal desarrolladas con municipios, comunas e instituciones sin fines de lucro, por academias privadas que tendrán el reconocimiento ministerial y harán uso de dicho reconocimiento como elemento para aumentar sus ingresos; dejando nuevamente postergados a grandes sectores sociales destinatarios naturales del accionar educativo provincial?
Lamentablemente esto ha sucedido.
Mediante resolución ministerial Nº 213 del 03/04/03 se habilita a empresas privadas con fines de lucro a dictar cursos mediante convenio comprometiéndose el Ministerio: A garantizar la acreditación de los cursos (cláusula 3º, del anexo III); a que la oferta de capacitación no deberá superponerse con la oferta de instituciones oficiales de Educación No Formal, en un radio menor de 2.500 metros, (cláusula 8º, anexo III). ¿Es por ello, entonces, que fue necesario vaciar la oferta oficial perjudicando a sectores sociales sensibles que no pueden acceder, por razones económicas, a los cursos dictados por empresas privadas?
El convenio también permite someterse, ante divergencias, a tribunales en lo contencioso administrativo (cláusula 17a, anexo III). ¿Los convenios firmados por la provincia no deben someterse ante cualquier divergencia a los tribunales ordinarios con sede en la ciudad de Santa Fe, renunciando expresamente a otros fueros?
Otro punto es garantizar solidariamente, ante incumplimiento, el desarrollo y culminación de/los curso/s en ejecución por parte de las empresas privadas (cláusula 18º, anexo III). Cabría preguntarse, por último, ¿puede el Ministerio, por resolución, habilitar a una dirección provincial a firmar convenios en nombre del Estado con empresas privadas, o todo convenio de este tipo debe firmarlos el superior gobierno de la provincia de Santa Fe?
Este novedoso proceder: ¿cuenta con asesoramiento legal favorable por parte del área ministerial correspondiente? Pero, como el resto de las preguntas, desde la verdad, quizá nunca tenga respuesta.
Deberíamos leer nuevamente el Acuerdo Marco Nacional para la Educación de Jóvenes y Adultos, de donde se puede rescatar: "...Principios y criterios generales para un nuevo régimen de educación de jóvenes y adultos", donde el Estado provincial debe garantizar el sostenimiento de esta educación mediante la creación y el sostenimiento de los servicios necesarios, con el mismo nivel de calidad que en otras ofertas educativas del sistema.
(*) Ex director provincial de Educación para Adultos, Alfabetización y Educación No Formal


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