Año CXXXVI
 Nº 49.773
Rosario,
jueves  06 de
marzo de 2003
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Ordenó al Nación negociar en 60 días la devolución de un depósito a San Luis
La Corte declaró inconstitucional la pesificación de los depósitos

La Corte Suprema declaró inconstitucional la pesificación de depósitos al fallar a favor de la provincia de San Luis en la causa abierta para que el Banco Nación devuelva a valor del dólar libre un depósito original de 247 millones de dólares. El máximo tribunal resolvió la redolarización de esa imposición con el voto favorable de cinco ministros contra tres en disidencia, y estableció un plazo de 60 días para que la entidad financiera oficial y el gobierno puntano acuerden "la forma y el plazo" de devolución. En sus considerandos, la sentencia deja abierta la posibilidad de que el Ejecutivo instrumente una solución que no afecte el derecho fundamental de los ahorristas.
En conferencia de prensa, el ministro de Economía, Roberto Lavagna, y el titular de la cartera de Justicia, Juan José Alvarez, relativizaron los efectos del fallo y aseguraron que el gobierno nacional no tomará ninguna medida como consecuencia de una sentencia que "es exclusivamente para el caso particular del Banco Nación con la provincia de San Luis y que en nada cambia la política económica y monetaria". Subrayaron, además, que la decisión del tribunal no modifica el decreto que pesificó las deudas de los particulares con los bancos.
De hecho, el máximo tribunal apuntó fundamentalmente al artículo dos del decreto 214 de pesificación, que es el que se refiere específicamente a los depósitos. En la sentencia de 200 carillas, la Corte aclaró que la decisión no se extiende sobre el resto de los amparos, que se irán resolviendo a medida que lleguen a la máxima instancia judicial "con el mismo grado de prudencia y de responsabilidad institucional que ha guiado esta decisión".
Sin embargo, los fundamentos de la resolución dan la pauta de la línea que puede seguir el máximo tribunal cuando trate otros casos testigos contra la pesificación, como la famosa "causa Beratz". El documento afirma que el artículo del decreto 214 que desdolarizó los depósitos "arrasó con el derecho de propiedad" y "excedió los límites admisibles" en casos de emergencia económica.

Período de acuerdo
El cuerpo ordenó así al Banco Nación que reintegre a San Luis las sumas depositadas en dólares o su equivalente en pesos, según la cotización del mercado libre de cambios tipo vendedor. Dichas sumas "deberán descontarse al día de pago de lo ya extraído" por el gobierno puntano al tipo de cambio 1,40. La diferencia "deberá establecerse entre la suma retirada en pesos y el valor de cada dólar en el mercado referido la fecha de extracción".
La Corte decidió que la entidad crediticia y la provincia tendrán 60 días corridos para resolver cómo poner en práctica la resolución, es decir que el tema debe quedar saldado antes de que finalice la administración de Eduardo Duhalde. Si transcurrido ese período no hay acuerdo, será el máximo tribunal el que zanje la cuestión. Fuentes judiciales destacaron el hecho de que la orden es para el Banco Nación y no para el Estado nacional, lo cual tendrá seguramente implicancias respecto de la posibilidad de que la historia termine con bono compulsivo.
Frente al festejo de los ahorristas y el temor de los bancos, que salieron a pedir la instrumentación de un bono por parte del Estado, el ministro Lavagna se mostró tranquilo. Señaló que el gobierno no adoptará ninguna medida como consecuencia de la sentencia. "El fallo sólo establece un período para negociar, la Corte no ordena qué hacer al día 60", dijo el ministro.
La resolución del máximo tribunal se iba a conocer el martes pero una maniobra legal del gobierno, que incluyó la recusación de dos jueces obligó a postergar la sesión de acuerdo de los ministros. Finalmente, se votó ayer, con polémica. A favor de la redolarización lo hicieron Julio Nazareno, Eduardo Moliné O`Connor, Guillermo López, Carlos Fayt y Adolfo Vázquez. En contra, Augusto Belluscio, Juan Carlos Maqueda y Antonio Boggiano. Enrique Petracchi se abstuvo por ser un damnificado del sistema financiero.
Primero debieron votar sobre las recusaciones contra Fayt y Moliné O`Connor. Finalmente, el tribunal resolvió la cuestión considerando que ambas objeciones habían sido planteadas "subsidiariamente" por el Banco Nación, por lo cual no estaban en el expediente principal del caso. Entonces, optaron por ignorarlas, previa votación en la que el propio Fayt levantó la mano a favor suyo.
Maqueda, Boggiano y Belluscio, los jueces en disidencia, señalaron que esa autoabsolución reviste "suma gravedad institucional" y denunciaron que la votación se saldó con una "mayoría viciada".
El ministro de Justicia, Juan José Alvarez, aseguró que el gobierno se dedicó ayer a analizar la parte resolutiva del acuerdo de la Corte pero no la controversia desatada en torno de la votación, al ser consultado sobre si utilizaría los argumentos de la minoría para impugnar la decisión del tribunal. "Este fallo no es fatal, es un fallo que les da al Ejecutivo y Nación herramientas y plazos para encarar una solución al problema, no es una decisión catastrófica", dijo el funcionario. Su tranquilidad contrastó con las declaraciones que por la mañana efectuó la primera dama Hilda Chiche Duhalde, quien sostuvo que "pareciera que el único poder que gobierna es el que no fue elegido por la gente".
Desde la otra vereda, la gobernadora de San Luis, Alicia Lemme, festejó la sentencia. El ministro Lavagna evitó ayer comentar cuál será la fórmula que propondrá la entidad oficial. Aseguró además que "el gobierno no tiene ningún plan de contingencia".



Los ahorristas celebraron el fallo de la Corte Suprema.
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