Año CXXXV
 Nº 49.626
Rosario,
miércoles  09 de
octubre de 2002
Min 12º
Máx 21º
 
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Acotan acumulación de saldos

El Central dispuso restricciones a la acumulación de saldo en las cuentas a la vista, con el objetivo de evitar la triangulación o venta de efectivo. La comunicación A-3708 del Central establece que en la determinación del margen para retiros en efectivo y otros conceptos similares, se tendrá en consideración que las sumas trasladadas a los períodos siguientes de los importes utilizados, no podrán superar el saldo de la cuenta al final de cada período de cómputo, semanal o mensual. La decisión significa que una cuenta que no tiene saldo no puede acumular margen de extracción disponible
de un período a otro, pues el tope es el saldo.


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