Año CXXXV
 Nº 49.309
Rosario,
viernes  23 de
noviembre de 2001
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Procesado por encubrir un confuso crimen
Es por el asesinato de Marcelo Belloti, ocurrido en 1999. Todavía no se sabe por qué lo mataron

Un hombre que había sido detenido al ser acusado de participar en el crimen de Marcelo Alberto Belloti, ocurrido el 17 de febrero de 1999, obtuvo la falta de mérito por ese cargo y quedó en libertad, aunque fue procesado por encubrimiento de homicidio.
Se trata de Daniel David Margarone, de 24 años, quien fue detenido el pasado mes de julio después de permanecer prófugo durante casi dos años. En la misma causa, el pasado 24 de abril un Tribunal Oral condenó a 12 años de prisión a Julio Enrique Saladino, de 50 años, acusado de ser el autor material del crimen.
Al respecto la abogada Mercedes Guevara, representante de Saladino, que presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el juicio oral, por ser inapelable, adelantó que ampliará ese planteo porque "la ley dice que los procesos orales deben hacerse con el acuerdo de todos los imputados y en este caso, inexplicablemente, se hizo con la voluntad exclusivo de uno solo". La abogada comenzó a asistir a Saladino a partir de la última audiencia del juicio.

Móvil misterioso
Belloti tenía 22 años y cayó muerto en Humberto Primo y Felipe Moré después de recibir un disparo de bala a la altura del hígado. Según la versión oficial, la víctima se encontraba con un grupo de amigos y fue atacado por dos hombres que descendieron de un Renault 18.
Los agresores fueron identificados por la policía como Saladino y Margarone. El primero resultó condenado en juicio oral en fallo unánime de un Tribunal que integraron Juvencio Mestre, Humberto Giménez y Ramón Ríos. Ni en las audiencias ni en la sentencia se aclaró cuál fue el móvil del crimen.
Margarone estaba acusado de haber facilitado la movilidad y el arma y haber instigado a Saladino a cometer el asesinato. En la indagatoria, dijo desconocer el hecho de que el autor de la muerte estuviera armado y aclaró que por su parte no llevaba armas.
Al resolver sobre el caso, el juez de instrucción Jorge Eldo Juárez consideró que "surge con evidencia que ambos estaban armados, aunque en el momento del hecho Margarone bajó su arma ante los dichos de su compañera, de apellido Méndez, de que «no pasaba nada», en tanto Saladino produjo el disparo mortal".
Por otra parte, "no se acreditó que haya instigado a Saladino, sí que prestó su auto para la fuga, probablemente con el arma usada en el hecho, ayudándolo a eludir la autoridad y procurar el ocultamiento del delito".

Recurso
"El juicio oral contra Saladino fue algo que no debió hacerse. La ley dice que sólo puede realizarse cuando los imputados estén de acuerdo. Y aquí se llevó adelante en momentos en que Margarone estaba prófugo", dijo la abogada Guevara.
La defensora de Saladino ya planteó la inconstitucionalidad del proceso por el hecho de que en Santa Fe no existe una doble instancia, por lo que los fallos resultan inapelables. La Sala II de la Cámara Penal concedió el recurso, que se encuentra en manos de la Corte Suprema de Justicia de la provincia. "Se trata de un defecto de la ley", señaló Guevara.


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