Año CXXXV
 Nº 49.306
Rosario,
martes  20 de
noviembre de 2001
Min 18º
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Pedro F. Hooft: "En los casos de anencefalia no se puede hablar de aborto"
Opina el juez marplatense que autorizó a interrumpir tres embarazos con fetos sin posibilidad de sobrevida

Estuvo en Rosario presidiendo las VII Jornadas Argentinas de Bioética, y en ese escenario dialogó con La Capital sobre "anencefalia", una grave malformación cerebral que provoca una sobrevida limitada -de horas o apenas días- en los bebés recién nacidos. Pedro Federico Hooft es el juez marplatense que dio fallo favorable a tres recursos de amparo que cayeron en sus manos pidiendo la interrumpción de embarazos de fetos anencefálicos. Hooft es juez en lo criminal y correccional, y pertenece al Poder Judicial de Buenos Aires desde hace 36 años. Es "católico y practicante", según sus propias palabras, y es uno de los tantos magistrados a los que se aludió en los pasillos tribunalicios cuando se hizo público en Rosario el caso de una joven madre que pidió permiso a la Justicia para interrumpir su embarazo apenas los médicos le diagnosticaron que estaba gestando un feto anencefálico.
Al momento de entender en el amparo de la mujer, dos jueces locales -uno civil y uno correccional- se excusaron. Por lo tanto intervino la Corte provincial, que determinó que el primer magistrado resolviera. Pero estas idas y venidas hicieron que la madre, con casi seis meses de embarazo, finalmente diera marcha atrás con su pedido. En forma anticipada la beba nació el martes pasado y falleció, transcurridos 45 minutos del parto.
El juez Hooft no quiso referirse al caso particular de Rosario, pero aclaró: "En el ámbito de la provincia de Buenos Aires, nuestra legislación de amparo es amplísima, no se suelen presentar conflictos de competencia, cualquier juez letrado es competente".
-¿Qué puntos coincidentes encontró en los tres casos de anencefalia que tuvo que resolver?
-Los tres se trabajaron con mucha profesionalidad, desde una perspectiva interdisciplinaria: con evaluaciones médico forenses, psicológicas, psiquiátricas y con dictámenes de bioética. Hubo un consenso importante al considerar que los casos de anencefalia son situaciones excepcionalísimas.
-¿Se puede hablar de aborto en estos casos?
-La anencefalia es una problemática que debe dejarse absolutamente al margen del aborto. No es propio hablar de aborto por la incompatibilidad de la patología con la vida extrauterina. Las complicaciones que por anencefalia sufren en el último trimestre del embarazo las madres, la proyección de esta problemática sobre la salud psíquica de todo el grupo familiar y la certeza de sus derivaciones nos hace hablar preferiblemente de interrupción del embarazo o inducción anticipada.
-¿Por qué cree que el aborto es un tema sobre el que cuesta tanto debatir en Argentina?
-Creo que hablar del aborto en términos genéricos es complejo, de todos modos los debates públicos son importantes, deben llevarse con seriedad. En el tema específico de la anencefalia es importante debatir con conocimiento científico. Tener presente que un diagnóstico de anencefalia, hoy en día es de absoluta certeza, no hay posibilidades de error, no hay posibilidad de vida.
-¿En los tres amparos en los que entendió, las madres pedían la interrupción del embarazo?
-Sí, y el pedido lo hacían en coincidencia con sus maridos y sus equipos médicos. No hubo oposición o discordancia.
-¿Usted es católico?
-Sí, y practicante.
-¿Este fallo le trajo críticas desde algún sector de la Iglesia?
-No públicas, al menos. Muchos teólogos y analistas europeos y estadounidenses hablan de diferenciar los casos de embarazo anencefálico de cualquier otra situación englobada bajo la denominación genérica de aborto. Tanto por sus connotaciones éticas como psicológicas y jurídicas. En esos casos hay un consenso bioético universsal muy fuerte en el sentido de la legitimidad de una decisión en estos casos. Hay que trabajar con mucho respeto estos casos difíciles y traumáticos.
-¿Qué determinó sus fallos en favor de la interrupción del embarazo?
-La certeza de que a esa paciente y grupo familiar le asiste el derecho constitucional de solicitar una inducción anticipada del parto y que, por lo tanto, el equipo médico está legitimado para actuar en consecuencia. Por supuesto que en estos fallos se consideró la posibilidad de respetar la objeción de conciencia de los profesionales. En definitiva, ante un error embrionario comprobable entre el día 17 y 23 de gestación, nos enfrentamos a un proceso de muerte, a un funeral prolongado más que a un camino hacia la vida.



El juez en lo criminal Pedro F. Hooft visitó Rosario.
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