Año CXXXIV
 Nº 49.299
Rosario,
martes  13 de
noviembre de 2001
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Un mes de cárcel para quienes corran picadas

La Legislatura provincial sancionó ayer una ley que pena a quienes corran picadas y castiga además a los organizadores. Ahora, quienes sean sorprendidos realizando esta actividad podrán ser condenados con hasta un mes de arresto y la inhabilitación para conducir durante un año. Si reinciden, el juez podrá inhabilitarlos de por vida para estar detrás de un volante.
El proyecto original que ayer finalmente se convirtió en ley fue impulsado por el diputado del Frepaso, Eduardo Di Pollina, quien explicó que "si bien el Código de Faltas provincial castigaba a los conductores que excedían la velocidad permitida en diferentes lugares, no tenía tipificado un comportamiento aún más peligroso como el de las picadas masivas en las calles de la ciudad".
El legislador consideró que este tipo de actividades aumentan el peligro "no sólo para los participantes, sino también para el numeroso público que las presencia y para terceros totalmente ajenos a la cuestión".
Di Pollina señaló que quienes participan en una picada callejera "exceden la infracción de conducción peligrosa por exceso de velocidad. Antes de esta ley, se castigaba con igual fuerza a quien se sorprendía circulando a 80 kilómetros por hora en una avenida como a aquel que iba a 150 corriendo una picada en medio de una calle".
La nueva ley de picadas castiga no sólo a los "corredores", sino también a quienes sean sorprendidos organizando estos eventos. Ambos podrán terminar ahora un mes tras las rejas.
Es más, a los conductores se les podrá aplicar, como sanción accesoria, la inhabilitación del carné durante un año. Y en caso de que reincidan, de por vida.


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