Año CXXXIV
 Nº 49.246
Rosario,
viernes  21 de
septiembre de 2001
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cartas
Renovación del carné de conductor

Desde la escuela primaria se nos enseñó que todos somos iguales ante la ley y que a iguales obligaciones corresponden iguales derechos. Sin embargo, los funcionarios municipales de la Dirección de Tránsito, encargados de la emisión del carné de conductor, no lo aprendieron. Es así, porque a pesar de que todos los interesados debemos aprobar el mismo examen psicofísico, han dispuesto que a partir de los 65 años de edad la renovación del mismo sea anual. Se manifiesta ostensiblemente un prejuicio sin fundamento; si a los 40 años de edad, por ejemplo, el registro de conductor vale por 5 años, lo mismo vale a cualquier edad para el mismo examen aprobado. Averiguado el motivo de esta resolución, se me manifestó que responde a que la provincia de Santa Fe desde noviembre del año 2000 adhirió a la ley nacional de tránsito Nº24.449. Efectivamente, el artículo 13 inciso "c" de la citada ley reduce el período de validez del registro a partir de los 65 años, pero resulta que al promulgar el Poder Ejecutivo nacional esta ley, por decreto Nº179/95 del 6/2/95, veta el citado inciso, por lo que carece de todo valor. No podía ser de otro modo, porque lo contrario significa una flagrante discriminación basada en la edad, contraria a nuestra Constitución nacional. Imaginemos por un instante que la Universidad al emitir los títulos habilitantes, y aprobando los mismos exámenes, dijera que si alguien se recibe a partir de una edad determinada, sólo puede ejercer su profesión con límites; un absurdo total. Es así que he hecho presentaciones de reclamo ante el Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Gobierno de la provincia. Aceptar en silencio esta discriminación por edad, significa conceder que en cualquier momento puedan suceder otras, y no me gusta que me quieran hacer sentir ciudadano de segunda en mi país.
Bernardo Feldman


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