Año CXXXIV
 Nº 49.208
Rosario,
martes  14 de
agosto de 2001
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Quieren reglamentar la divulgación de datos
Proponen regular la actividad de las empresas que venden información sobre ciudadanos en la provincia

Osvaldo Flores

Un proyecto de ley presentado la semana pasada por el diputado provincial Juan Carlos Cardelli pretende reglamentar en el territorio santafesino la actividad de las empresas dedicadas a la divulgación y provisión de datos, estableciendo multas y sanciones cuando se comprueben irregularidades. Para el legislador, es necesario limitar el "implacable poder informático" que, en algunos casos, vulnera derechos personales al brindar informaciones incorrectas o desactualizadas.
"El desarrollo de amplias bases de datos ha dado lugar a la aparición de un nuevo poder, intangible pero implacable: el poder informático. Cualquier habitante de nuestra provincia tiene, aún sin saberlo, un perfil registrado en bases de datos de empresas que se dedican pura y exclusivamente a recabar información para luego comercializarla", señaló Cardelli.
Si bien el legislador reconoció que las actividades de estas empresas "están amparadas constitucionalmente", el caso es que "los ciudadanos que se encuentran registrados no tienen la misma suerte" porque sus derechos, "si bien garantizados constitucionalmente, no siempre pueden ser efectivizados".
"Muchísimos son los casos en que a diario tomamos conocimiento de alguna persona que ha sido privada de obtener un crédito, comprar una casa o salir de garantía por el simple hecho de estar informado. Recién en ese instante se entera de que es un excluido del sistema, exclusión muchas veces injusta e ilegal", sostuvo.
El proyecto que se estudiará en la Cámara baja establece para este tipo de empresas la obligación de estar inscriptas en un registro de la Dirección de Comercio provincial, previa reunión de una serie de requisitos. El respaldo documental de las informaciones que brindan y la acreditación de solvencia suficiente serán algunas de las obligaciones requeridas.
"En los supuestos de falsedad en los datos y en la información brindada o divulgada, o en la actualización o corrección de datos y antecedentes, o en la negativa de brindar la información requerida por la parte interesada, la organización propagadora de los informes será pasible de una multa diaria equivalente al uno por ciento del haber que percibe un vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Poder Judicial de la provincia", establece el proyecto.
"No es posible seguir haciéndonos los distraídos respecto de una cuestión tan importante como ésta -señaló Cardelli-. No se puede seguir permitiendo que cualquiera, desde una oficina de dos por dos y que no se sabe dónde está ubicada, brinde públicamente datos de los ciudadanos, que no tienen donde reclamar".


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