Año CXXXIV
 Nº 49.149
Rosario,
sábado  16 de
junio de 2001
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Quieren que las disco trabajen sin restricción en el horario de cierre

El Concejo Municipal tiene para su estudio un proyecto que propone liberar durante el fin de semana el horario de funcionamiento de las disco, facilitar el emplazamiento en todo el ámbito del municipio a los locales nocturnos de hasta 200 metros cuadrados, y limitar la radicación de los que excedan esa superficie a las avenidas y bulevares. La iniciativa contempla que se les exija a las disco la disposición de un lugar para el estacionamiento de vehículos.
El proyecto de ordenanza, presentado por el Bloque Peronista del cuerpo deliberativo, busca regular toda la actividad referida a los espectáculos públicos. En líneas generales, tipifica los rubros que serán alcanzados y les impone normas específicas.
En otro orden, se apunta a elevar las normas de seguridad de los locales nocturnos. Cada comercio deberá contar con puertas de emergencia con apertura hacia el exterior (tipo vaivén) y no podrá funcionar en edificios destinados a otros usos.
También se impone una aislación acústica y rangos de sonoridad interna adecuadas a las ordenanzas vigentes, y se exige que el desarrollo de estas actividades de esparcimiento con amenización musical se ejerzan en locales cerrados.
Lo singular del proyecto refiere a la eliminación del tope horario de cierre para las disco durante todo el fin de semana. Por otro lado, busca terminar con las zonas de radicación promovida impuestas en la polémica ordenanza que rige para locales nocturnos.
La propuesta contempla que se puedan instalar locales nocturnos en todo el ámbito del municipio, siempre y cuando reúnan una condición fundamental: que ocupen un máximo de 200 metros cuadrados de superficie.
En otro rango se inscribirían las disco de hasta 500 metros cuadrados, las que podrían instalarse sólo en predios fronteros a las arterias cuyas calzadas tengan más de 30 metros de ancho, en especial avenidas y en tramos que no impliquen incompatibilidad urbanística con áreas y usos residenciales. El factor ocupacional (es decir, la cantidad de personas que podrán ingresar a un local) se calculará a razón de tres individuos por cada dos metros cuadrados.


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