Año CXXXIV
 Nº 49.029
Rosario,
jueves  15 de
febrero de 2001
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Inspectores de tránsito fueron condenados por fraguar una infracción
Fue por un operativo con irregularidades en 1996. Los denunció la víctima, un abogado

Carlos Duclos

Siete inspectores de tránsito de la Municipalidad fueron condenados a prisión condicional e inhabilitación por dos años para ocupar sus cargos, por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y daño intencional, y por fraguar infracciones de tránsito en perjuicio de un automovilista. El fallo corresponde a la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, tribunal que ratificó la sentencia que había dictado el juez de primera instancia Antonio Ramos e impuso además, a los funcionarios condenados, el pago de una indemnización por el daño material y moral causado al automovilista.
El hecho ocurrió en septiembre del 95, cuando el abogado Rogelio Bianchi circulaba con su auto por avenida Belgrano y fue interceptado por siete inspectores. Algunos estaban a pie y otros en motos, y alegaron que el abogado se desplazaba a alta velocidad y carecía de documentación del auto. Para fundamentar el exceso de velocidad los inspectores usaron un radar sin batería.
Ante la negativa de la víctima a aceptar la imputación, los inspectores rodearon el auto, cruzaron las motos para impedirle el desplazamiento y sin más comenzaron a dar patadas al rodado. Mientras se le impedía a Bianchi hacer uso de su derecho de circular, un inspector labró actas haciendo figurar las infracciones que el conductor no había cometido.
Más tarde el abogado radicó la denuncia policial y se inició una investigación, que concluyó con el procesamiento de los funcionarios. El 22 de diciembre pasado el juez de sentencia condenó a los inspectores y éstos apelaron la medida, pero la Cámara de Apelaciones acaba de ratificar la condena.
En sus considerandos el camarista Ernesto Pangia, quien integró el jurado con Eduardo Sorrentino y Alberto Barnardini, sostuvo que los inspectores abusaron del conductor. "Bianchi y su acompañante -dijo- fueron retenidos, imposibilitados de deambular y limitados en sus desplazamientos en un clima de hostilidad generado por los funcionarios". También indicó que "no se trata de cuestionar el procedimiento de control de velocidad y verificación de documental de los inspectores, pero sí la forma de efectuarlo, que en modo alguno permite tolerar ni justificar conductas en pugna con la ley, lesivas o abusivas".

"Poder abusivo"
Sorrentino, por su parte, cuestionó la conducta de los inspectores por ser "lesiva de la libertad individual" y consignó que los funcionarios, "haciendo uso abusivo del poder que detentan -rodear el automotor, cruzar motos adelante y por el costado, además de otras actividades comprobadas en autos-, impuso al particular un trato innecesariamente riguroso y mortificante".
De tal forma la Cámara condenó a los inspectores Mario Cupullo, Daniel Pascucci, Miguel Angel Manteyga Puig, Aníbal Mullenbruck y Ramón Ramos a la pena de un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación de dos años para el ejercicio del cargo que ocupan por el delito de privación de la libertad agravada. A Juan Raúl Salazar lo sancionó con un año y 15 días de prisión condicional por el mismo delito y el de daño intencional, y lo condenó a pagar una indemnización de 759 pesos por el daño causado al auto. A Claudio Michelini se lo condenó a un año y 6 meses de prisión condicional por privación de la libertad y falsedad ideológica de instrumento público, es decir, por fraguar infracciones de tránsito. A todos los funcionarios el tribunal los condenó a pagar una indemnización de dos mil pesos a la víctima.


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